¿Cómo utilizar los Beneficios del Acuerdo de Asociación?
Pasos a seguir para exportar mis productos con las preferencias del Acuerdo
| Temas a definir por el exportador | Acciones a realizar |
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Definir la clasificación arancelaria del producto a exportar. |
Previo a verificar si su producto tiene algún beneficio arancelario en el Acuerdo, identifique cuál es el código arancelario en el que se clasifica; de acuerdo al arancel integrado aplicado a los productos importados en la Unión Europea, denominado TARIC. Para ayudarlo a identificar el código TARIC de su producto, puede consultar el listado completo en el siguiente vínculo. Sin embargo, para una clasificación exacta y oficial, un agente aduanal está técnicamente capacitado para identificar la fracción arancelaria en la que se clasifica el producto de su interés. El siguiente vínculo podrá consultar la normativa completa del TARIC |
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Verificar si su producto goza de una preferencia arancelaria. |
Una vez identificado el código TARIC de su producto, proceda a consultar cuál es el beneficio arancelario del que goza en el Acuerdo. Para ello, realice lo siguiente: 1. Verifique en la lista de compromisos de la Unión Europea, la categoría de desgravación que le corresponde a su producto; identificada con una literal. La lista completa puede consultarla en el siguiente vínculo: 2. Para comprender el beneficio arancelario que corresponde a la categoría de desgravación de su producto, consulte la siguiente tabla con los calendarios de desgravación. En el apartado Oportunidades del Acuerdo de Asociación, puede consultar los beneficios generales del Acuerdo por sector. |
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Si el producto goza de preferencia arancelaria, revisar si cumple con los requisitos de origen, para beneficiarse con dicha preferencia. |
Para que el producto obtenga los beneficios arancelarios del Acuerdo, debe ser considerado originario de la Unión Europea o de Centroamérica, con objeto de que únicamente los bienes de ambas regiones se beneficien de las preferencias arancelarias. En tal sentido, debe cumplir con la regla de origen acordada; con una de las siguientes condiciones: 1.Que sea completamente producido en uno de los países de Centroamérica o la Unión Europea. 2.Que aun teniendo insumos, componentes o materiales de países fuera del Acuerdo, hayan sido objeto de elaboración o trans¬formación suficiente; de acuerdo a las normas de origen específicas acordadas en el apéndice 2 al Anexo II del Acuerdo. Nota: Los países centroamericanos podrán acumular origen, con los materiales originarios de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú o Venezuela, que serán considerados materiales originarios de Centroamérica; siempre que sean procesados o incorporados en un producto obtenido en uno de los países Centroamericanos. 3. En el apartado Oportunidades del Acuerdo de Asociación, pueden consultarse las reglas de origen acordadas por sector. NOTA: En la base de datos de UE -ExportHelp Desk, podrá consultar directamente las normas de origen para gozar de los beneficios arancelarios de dicho Acuerdo, una vez esté en vigencia. Actualmente puede consultar las normas de origen del SGP. |
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Si el producto es de origen agropecuario, pesquero o forestal, debe cumplir con los requisitos sanitarios y fitosanitarios que se le exige para ingresar a un país de la Unión Europea. |
Para exportar animales, plantas, productos de origen animal, productos de origen vegetal y alimentos a la Unión Europea; el producto debe cumplir con la legislación comunitaria europea en materia de zoosanidad, de fitosanidad y de higiene de los alimentos. La legislación tiene como objetivo garantizar la seguridad de los alimentos, mediante en un enfoque basado en el análisis de riesgo y la trazabilidad; controlando los productos en todas las etapas sensibles de la cadena de producción; con el fin de comprobar que se respeten unas normas de higiene estrictas. Para conocer cuáles son los requisitos sanitarios y fitosanitarios aplicables a su producto, consulte: 1. La “Guía para la exportación de productos agrícolas y alimentos a la Unión Europea”. 3. Para un detalle de las medidas específicas por producto, consulte el apartado de “Requisitos y Gravámenes”, del Export HelpDesk; ingresando el código TARIC, el país de origen y el país europeo de destino. Alguna información sobre requisitos puede consultarse en español, sin embargo, la mayoría está disponible únicamente en inglé |
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Paso 5: Verificar si se requiere que el producto cumpla con otras normas de calidad o técnicas como embalaje y etiquetado; o si el mercado exige el cumplimiento de normas privadas de calidad. |
Dependiendo del tipo de producto a exportar, el producto está sujeto a normativa y especificaciones técnicas, las cuales deben cumplir los fabricantes o exportadores para entrar al mercado europeo. Estas medidas son diseñadas generalmente para proteger la salud y seguridad del consumidor y el medio ambiente. El empresario debe identificar cuáles medidas son aplicables a su producto; entre ellas la marca CE para productos manufacturados, requisitos de envases y embalajes, para la protección del medio ambiente y la salud de los consumidores; y requisitos sobre etiquetado para garantizar la protección de los consumidores. Existen además normas voluntarias que requiere el mercado, entre las que se encuentra la etiqueta ecológica europea, Global Gap (buenas prácticas agrícolas), comercio justo, normas de calidad (ISO), sistemas ambientales de manejo. 1. Para conocer cuáles son los requisitos y normativa técnica aplicables a su producto, así como las principales normas voluntarias requeridas en el mercado europeo; consultar los apartados 3.3, 3.4, 3.5, 3.6 y 3.7 de la Guía “Cómo Exportar a la Unión Europea”. 2. Para un detalle de las normas específicas por producto, consultar el apartado de “Requisitos y Gravámenes”, del Export HelpDesk; ingresando el código TARIC, el país de origen y el país europeo de destino. Alguna información sobre requisitos puede consultarse en español, sin embargo, la mayoría está disponible únicamente en inglés. |
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Paso 6: Revisar cuáles impuestos internos u otros requisitos adicionales son aplicables al producto. |
La importación de bienes en la Unión Europea está sujeta al pago del IVA, de acuerdo a la tasa vigente en el Estado miembro de destino del producto. Asimismo, la importación de los siguientes productos está sujeta al pago de impuestos específicos al consumo: alcohol y bebidas alcohólicas, tabaco y cigarrillos, hidrocarburos, y productos energéticos y de electricidad. Consulte las tasas del IVA y los impuestos al consumo. |
| RESUMEN DE PROCEDIMIENTOS | Para consultar sobre los procedimientos para exportar a la Unión Europa, consulte la Guía: Unión Europea: Síntesis de los Procedimientos de Importación |








